Permiso de residente permanente en calidad de extranjero que haya trabajado como personal permanente de empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura (EMMA):

Podrá solicitar este permiso, el personal extranjero que haya dejado de trabajar para cualquier empresa multinacional con Licencia EMMA, una vez transcurrido el término de cinco años, contado a partir de la aprobación de la Visa de Personal Permanente de empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura (EMMA):

Los requisitos para aplicar a la residencia permanente son los siguientes:

  1. Poderes y formularios que proveeremos para su firma
  2. Cinco (5) fotografías tamaño carné
  3. Copia completa de su pasaporte con una vigencia mínima de tres meses
  4. Certificado de buena salud emitido por un médico en Panamá.
  5. Pagar la suma de B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derecho a categoría migratoria. (cheque certificado)
  6. Prueba de Inversión en el territorio nacional, la cual se demostrará mediante la presentación de por lo menos uno (1) de los siguientes requisitos:
    1. Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a Plazo fijo a nombre del solicitante, con una duración mínima de tres (3) años, (el plazo fijo debe estar libre de todo gravamen) en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional, por un valor mínimo de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00), o su equivalente en moneda extranjera. Dicha certificación deberá venir acompañada de copia del certificado a plazo fijo autenticado por el banco respectivo.
    2. Certificación del Registro Público de Panamá que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00) libre de gravámenes.
    3. El solicitante también podrá demostrar una inversión mixta, derivada de la obtención de un plazo fijo y de la compra de un bien inmueble, siempre y cuando dicha inversión tenga como valor mínimo la suma de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00).
  7. Carta de trabajo y responsabilidad de la empresa EMMA firmada por el representante legal o persona facultada para tal efecto, en la que conste: el cargo que desempeñó, el tiempo por la cual trabajó para la empresa, que la relación laboral terminó, el salario, y las funciones que desempeñó.
  8. Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales.

Observaciones:

  1. En el caso que el solicitante haya laborado para varias empresas con licencia de empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura (EMMA), a efectos de probar la totalidad del tiempo mínimo requerido de cinco (5) años, podrá aportar:
  • Copia del carné(s) o resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Migración aprobando la Visa de Personal Permanente EMMA.
  • Carta(s) de la(s) empresa(s) para la(s) cual(es) laboró previamente, la(s) cual(es) contendrá(n) la información descrita anteriormente.
  • Declaración Jurada ante Notario Público que indique las generales del solicitante, el puesto o cargo desempeñado, el tiempo exacto que laboró y el salario devengado en cada una de la(s) empresa(s) con Licencia EMMA.
  1. Si la solicitud de Visa de Personal Permanente incluye dependientes, deberán cumplir además con los requisitos establecidos para la Visa de Dependiente de Personal Permanente EMMA.

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