Permiso de residencia en calidad de extranjeros con hijos panameños

Podrá aplicar a este permiso de residencia el extranjero que tenga uno o más hijos panameños que hayan cumplido la edad mínima de cinco (5) años.

Los requisitos para aplicar a la residencia provisional son los siguientes:

  1. Poderes y formularios que proveeremos para su firma
  2. Cinco (5) fotografías tamaño carné
  3. Copia completa de su pasaporte con una vigencia mínima de tres meses
  4. Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia debidamente apostillado o autenticado ante el Consulado de Panamá del país donde fue emitido.
  5. Certificado de buena salud emitido por un médico en Panamá.
  6. Pagar la suma de B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derecho a categoría migratoria. (cheque certificado)
  7. Pagar la suma de B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (cheque certificado)
  8. Carta notariada de responsabilidad y Repatriación del residente o nacional debidamente autenticada ante Notario.
  9. Certificado de nacimiento de los hijos panameños expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil con sus Timbres Fiscales por tres balboas con 00/100 (B/.3.00).
  10. Declaración jurada ante Notario del padre o la madre del menor, donde conste que el solicitante ha cumplido con sus deberes como buen padre de familia.
  11. Contrato de arrendamiento, título de propiedad copia del recibo de servicios públicos o cualquier otro documento que pruebe el domicilio del solicitante.
  12. Copia de la cédula de identidad del responsable, si es panameño, o del carné de residente permanente, si es extranjero, debidamente autenticada por la Dirección de Cedulación Tribunal Electoral.

Para solicitar la permanencia definitiva, se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

Este permiso de residencia permite optar por un permiso de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, para poder aplicar a este permiso de trabajo se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Completar el proceso de filiación online.
  2. Poderes que proveeremos para su firma.
  3. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración donde conste el estatus migratorio del solicitante.
  4. Copia de las generales del pasaporte.
  5. Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
  6. Certificado de nacimiento del hijo panameño expedido por el Tribunal Electoral con un máximo de tres (3) meses de antelación a la solicitud.
  7. Prueba de que el solicitante cumple con sus deberes de buen padre de familia, a través de una de las siguientes opciones:
    1. Declaración jurada del otro progenitor realizada ante Notario Público donde conste que el solicitante ha cumplido con sus deberes como buen padre o madre de familia. En caso de que el hijo de nacionalidad panameña sea mayor de edad y menor de 25 años, este podrá realizar en su propio nombre la declaración jurada, en reemplazo de su otro progenitor.
      Si la persona extranjera mantiene la guarda y crianza, tutela o guarda y crianza exclusiva, deberá presentar copia autenticada de la resolución que determina la medida, emitida por la autoridad que la estableció.
    2. Si el trabajador migrante solicitante es el único progenitor inscrito como padre o madre del hijo(a) de nacionalidad panameña(o), bastará con la presentación del certificado de nacimiento, expedido por el TE, donde conste este hecho.

Este permiso de trabajo será otorgado por el término de dos años y las prórrogas serán otorgadas por el término de tres años.

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