Permiso de residente permanente por razones de solvencia económica propia por apertura de deposito a plazo fijo:
Podrá aplicar a este permiso de residencia el extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (300,000.00) en depósito a plazo fijo y que demuestre que los fondos provienen del extranjero
Este permiso es otorgado por el término de dos años y posteriormente, al vencimiento, podrá aplicar al permiso de residencia permanente con derecho a carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral de Panamá.
Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/. 2,000.00.
Los requisitos para aplicar a la residencia provisional son los siguientes:
- Poderes y formularios que proveeremos para su firma
- Cinco (5) fotografías tamaño carné
- Copia completa de su pasaporte con una vigencia mínima de tres meses
- Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia debidamente apostillado o autenticado ante el Consulado de Panamá del país donde fue emitido.
- Certificado de buena salud emitido por un médico en Panamá.
- Pagar la suma de B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derecho a categoría migratoria. (cheque certificado)
- Pagar la suma de B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (cheque certificado)
- Certificación bancaria de que indique la apertura de una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, por el monto de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) o su equivalente en moneda extranjera y con una duración mínima de tres (3) años, en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional. Este plazo fijo debe estar libre de gravamen.
- Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.
Para solicitar la residencia permanente se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.
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